jueves, 24 de octubre de 2013

El mito de la violencia psicológica



Granada, 21 de octubre 2013.
Lic. Valentín Barahona Mejía
                                                       
La violencia psicológica es, otro de los instrumentos manipuladores de grupos radicales feministas, para derramar lagrimas de cocodrilos a favor de la ley 779. A partir de la entrada en vigencia de la ley de marras, el 90% de las acusaciones es por violencia psicológica, por ello no extraña que en las últimas semanas aparezcan en los medios de comunicación la Presidenta de la CSJ, descalificando a sectores sociales que, cuestionan este tipo de delito, por ser el mismo indemostrable científicamente, y muy proclive a burdas manipulaciones por mujeres oportunistas, con el fin de  meter en las cárceles a los hombres, y así despojarlos de sus bienes patrimoniales, como casas, vehículos, cuentas bancarias etc. 
Según expertos sicólogos, la violencia psicológica, está clasificada como un mito, es como querer demostrar la existencia de un ser divino. Es  pura mitología.  La lesión psicológica es invisible, intangible, no deja huellas  que acrediten la existencia de un daño, como acontece en las lesiones físicas visibles, por ende este tipo de ilícito es de difícil demostración. No basta el testimonio de la víctima el cual es pura probabilidades, conjeturas, hipótesis, raya en lo aleatorio en lo falso o verdadero.  Aún la ciencia no  ha inventado el instrumento científico que permita registrar secuelas emocionales. Hasta hoy ha sido y es imposible cuantitativamente medir el daño psíquico, por la complejidad que tiene retrotraer situaciones de maltrato acaecidas meses o años atrás. Las evaluaciones de los sicológicos son meras hipótesis, que abonan el campo  de la subjetividad.
Los sicólogos en un esfuerzo para no caer el subjetivismo, proceden con mucha cautela para dar un veredicto. Realizan no una sino tres o cuatro entrevistas, son horas de analisis, para hallar signos de depresión, ansiedad, alteración del sueño, autoestima, trastornos de personalidad, perdida de la memoria. Utilizan diferentes métodos evaluativos, hacen comparaciones intermedias, analizan el contexto social, efectúan visitasde campo, entrevistan familiares y vecinos, ya que se parte que, donde hubo violencia psicológica, quedan secuelas en terceros.
Los profesionales de alto prestigio internacional, se valen de la clasificación de enfermedades de la sociedad psiquiátrica  americana (DSM-IV), para hacer mediciones, pero aún así la prueba se dificulta, el profesional analiza la congruencia emocional, ausencia de estereotipos intelectualizados, si la información tiene coherencia lógica, valora la validez de las respuestas, sinceridad, distorsiones, aun con todo el resultado sigue siendo indemostrable, pues, no existe garantías de veracidad, se mantiene la duda del engaño  o la  simulación.
En Nicaragua, las evaluaciones psicológicas, las realizan sicólogas recién graduadas, que hacen su práctica en las Comisarias de la Mujer. Éstas emiten dictámenes que no reúnen los estándares de rigurosidad científica. La mayoría de los dizques sicólogos en una sola entrevista de una hora a lo más emiten dictamen, no realizan visitas de campo, la prueba por antonomasia es un río de lágrimas. Así, son acusados los hombres por violencia psicológica, donde el 99.99 %, salen culpables.
La mayoría de las sentencias se fundan en la declaración de la sicóloga, si llegan o no a declarar la víctima o testigos, eso no tiene trascendencia legal, pues de toda manera se dicta el veredicto de culpabilidad.   
En estos juicios, la Juez de violencia acepta complacientemente peritos privados de la Comisaria de la Mujer, éstos siendo peritos privados, sin estar autorizados por el Instituto de Medicina Legal de la Corte Suprema de Justicia emiten dictámenes  estableciendo lesiones psicológicas graves, cuando los peritos privados son de uso exclusivo de los abogados defensores,  por manera, el Juez no puede valerse de un perito privado para condenar por violencia psicológica. A ese extremo han llegado los encargados de aplicar la ley 779.
El autor es abogado y notario     
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