sábado, 1 de septiembre de 2012

Hay 276 personas presas ilegalmente en El Salvador


Hay 276 personas presas ilegalmente en El Salvador.

No es legal tener a una persona detenida sin condena durante más de tres años



De los 24 mil 641 internos que hay actualmente en el sistema penitenciario del país, seis mil 830 están a la espera de que se dictamine su sentencia definitiva. Todos ellos están detenidos de manera provisional hasta que sean condenados o absueltos por el delito del que son acusados, pero en 276 casos la detención provisional supera los tres años, según datos de la Dirección General de Centros Penales (DGCP).

Cuando esto sucede, se está violando el artículo 6 del Código Procesal Penal derogado o el artículo 8 del Código Procesal vigente.

En ambos Códigos se establece que el internamiento provisional no debe superar los 12 meses cuando se trata de delitos menos graves ni los 24 meses en los más graves "so pena de incurrir en responsabilidad penal".

La nueva legislación incluso permite hasta tres años cuando un caso está en apelación en tribunales de segunda instancia.

Por lo mismo, son 276 los internos que han sido detenidos durante un periodo superior a los tres años permitidos por la ley, según las estadísticas de Centros Penales. Sin embargo, 808 internos han superado ya el plazo de los dos años en instrucción o en sentencia.

Según un abogado consultado, la responsabilidad de la detención ilegal de una persona que ha sido detenida provisionalmente corresponde directamente al juez ante el que se encuentra el expediente de ese interno. "Si los dos años se agotaron en instrucción, sería el juez de Instrucción (el responsable); si se agotaron cuando llegó al Tribunal de Sentencia, serían los jueces del Tribunal de Sentencia; si está en apelación, que son las Cámaras donde están los dos magistrados, serían los dos magistrados", explicó esta fuente.

El delito cometido por estos jueces o magistrados consiste en la "privación de libertad por funcionario o empleado público", que está contenido en el artículo 290 del Código Penal.

La sanción por este delito consiste en "prisión de tres a seis años e inhabilitación especial para el ejercicio del cargo o empleo respectivo por el mismo tiempo".

Es decir que aquellos jueces o magistrados que tienen expedientes pendientes de internos que han superado los dos años de estar detenidos provisionalmente, de ser juzgados por este delito de detención ilegal, podrían pasar un mínimo de tres años en prisión y, por ese mismo periodo, no podrían ejercer sus funciones como empleado público.

Sin embargo, hasta la fecha no ha habido ningún caso contra un juez o magistrado por este motivo.

Como señala el artículo 193 de la Constitución, la Fiscalía General de la República es la institución que debería hacerse cargo de investigar y promover la acción penal.

Eso significa que debería encargarse de iniciar las acusaciones contra los jueces que tengan expedientes de personas detenidas provisionalmente más de dos años o de magistrados que tengan pendientes de resolver recursos de casación por más de tres años.

A esto hay que sumar que, de cumplirse la ley, los internos que actualmente no han sido sentenciados y llevan más de dos años presos, deberían ser liberados a pesar de que puede que algunos de ellos sí sean culpables del delito del que son acusados.

Medidas desde Penales

En la Dirección de Centros Penales están conscientes de que muchos de internos están de manera ilegal.

De hecho, el subdirector de Penales, Nelson Rauda, aseguró que han puesto a trabajar a un equipo de abogados para "que vayan a los tribunales a verificar la situación de los internos que nos aparecen como procesados".

Añadió que, en algunos casos, el sistema tiene registrado que el interno no ha sido condenado pero, al acudir al tribunal, el equipo de abogados ha descubierto que ya hay sentencia, algo que muestra y deja al desnudo las ineficiencias que se dan en la comunicación entre estas dos instituciones.

Rauda afirmó que desde que comenzó a trabajar ese equipo, el porcentaje de procesados ha bajado.

Según las estadísticas de Centros Penales, a principios de mayo de 2011 el 33.22 por ciento de los internos no había sido condenado.

En la actualidad, la tasa se ha reducido casi en cinco puntos, siendo un 28,18 por ciento los internos los que se encuentran en situación de internamiento cautelar.

Fallas del sistema

Este fenómeno no se debe únicamente al proceder de algunos jueces, según las opiniones de algunos abogados defensores particulares, como Mercedes Cisneros, indicó que hay veces en que los fiscales prolongan los casos solicitando plazos para reunir pruebas sin que estos plazos den frutos y no se presenten nuevas o más pruebas a los procesos judiciales.

Fuentes fiscales respondieron que hay que tener en cuenta de qué caso se trate, puesto que tiene que haber proporción entre el caso y el plazo dado por el tribunal para que sea investigado.

Añadió la fuente de la Fiscalía General que, en cualquier caso, es responsabilidad del juez puesto que es éste quien determina qué plazo se da a las partes.

Desde la Fiscalía General de la República también se indicó que hay casos en los que es la misma defensa de los imputado la que prorroga los plazos.

Corte se defiende

Cuando se preguntó al presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Belarmino Jaime, por los retrasos en los procesos judiciales, se justificó en la falta de recursos en la institución como una de las principales causas de las demoras en las resoluciones judiciales.

"En traslado de reos, del que se hace cargo la Corte, el mal estado de muchos vehículos atrasa el cumplimiento para traslado de reos", ejemplificó Belarmino Jaime.

Fuentes de los tribunales confirmaron que los problemas existentes con el traslado de reos constituyen la primera causa por la que tienen que ser reprogramadas audiencias de instrucción y vistas públicas.

El siguiente motivo que provoca que cualquiera de las fases de un juicio tenga que ser reprogramada es que los imputados se niegan a salir de sus celdas.

El tercero -con un porcentaje de casos muy inferior- se da debido a que el acusado se encuentra gravemente enfermo, señaló una fuente de los juzgados.

Asimismo, los casos en los que el número de imputados supera la centena provoca retrasos explicó Jaime, puesto que han de movilizar a gran cantidad de personal para proporcionar seguridad durante la audiencia, desatendiendo otros tribunales, "lo que acaba provocando retrasos".

El aumento de delitos cometidos y de detenciones también estaría detrás de estos retrasos, aseguraron otras fuentes del sistema judicial.