Masaya dos de julio dos mil catorce.
Siempre hay una lucha entre el
Estado de derecho y el Estado de policía. El derecho penal se levanta como
garantía de que el poder punitivo no se desborde, porque siempre que lo hace comete
genocidios, masacres y holocaustos. Ya tenemos más de trece mil casos en
proceso con la ley 779. Las cárceles están abarrotadas.
A favor del Poder Punitivo
ilimitado se encuentra la policía nacional, por su carácter represivo, porque
la idea de un poder punitivo sin contrapesos y sin control constitucional y
judicial, atrae a la policía nacional, ya que significa su reinado, una situación
donde vulneran los derechos humanos, constitucionales y legales de cualquier
ciudadano sin tener que responder por alguna lesión o por daños y perjuicios.
También atrae a quienes detentan los resortes del poder en un momento
determinado.
Del otro lado se encuentra la
sociedad que exige un Estado de Derecho, donde para castigar a alguien (sea hombre o mujer) se le deben respetar las mínimas
garantías procesales constitucionales. Y en un país donde existiera verdadera
separación de poderes, también estaría a la par de la sociedad, un poder
judicial que con la constitución y las leyes, regularía y controlaría los
excesos de poder de los órganos de policía y fiscalía.
El derecho penal juega precisamente
el rol de limitar el poder punitivo del Estado, porque si no existieran
derechos para los gobernados, el poder punitivo
sería ilimitado para los gobernantes.
Por eso cuando el derecho penal
nicaragüense sufrió una reforma a través de la ley 779, equivalió a decretar un
Estado de emergencia contra los hombres por el simple hecho de nacer hombres, significa una licencia otorgada por los
legisladores a la policía, para que deje caer todo el peso de su
represión contra el hombre que elijan. Puesto que quien va a capturar, llevar
al imputado ante el juez, y entregar las evidencias al fiscal (verdaderas, falsas o equivocadas) es la
policía.
La ley 779 es un guante idóneo
para un estado policíaco. Lleva a los
hombres acusados ante el juez en desiguales condiciones procesales, y los
castiga con desigual medida. Es una ley más discriminante que la discriminación
sufrida por las mujeres, porque no todas las mujeres sufren violencia ni le
amputan sus derechos, en cambio con la ley 779 El señor Estado, encargado de garantizar la
igualdad de todas las personas, discrimina a todos los hombres negativamente frente a la mujer.
No es con marchas ni con
represión desmedida, es con una campaña educativa integral desde las guarderías
infantiles, y con procesos justos, trato procesal igual, penas iguales entre
hombres y mujeres, que se disminuirá el fenómeno de homicidios de mujeres.
A menos que, la 779 sea de esas leyes penales
que como dijera Zaffaroni, se han dictado para castigar a las capas más bajas,
para dividirlos, para segregarlos, y no permitir a los más pobres unirse para tener
un protagonismo político contra los desaciertos de sus gobernantes.
Si así fuera, entonces, la
decisión política de perseguir y encarcelar a los hombres con procesos
espurios, es un hecho político que divide y destruye a la familia, y su derogación, se
convertirá también en objetivo político.
La ley 779 ha fracasado, porque
solo ofrece detención injusta, expulsión del hogar arbitraria, largas penas de prisión,
farsa de proceso a derecho, y violación a los más elementales derechos humanos de
los hombres. Esta ley fortalece más el Estado de Policía que vivimos.
Lic. DANILO A. MARTINEZ R.
PDTE, ASOCIACION DEMOCRATICA DE
ABOGADOS DE NICARAGUA.
ADANIC.
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