Granada. 07 de
septiembre 2013.
Lic. Valentín
Barahona Mejía
La Asamblea
Nacional, en el mes de septiembre promulgó la ley No. 844, en la cual dejó
establecido el día 29, como el día de
Abogado nicaragüense, en honor al insigne abogado don Miguel de la Reynaga. Así, se hizo justicia a más 20 mil abogados, los cuales, aunque
parezca inverosímil, los conocedores del
derecho, los que articulan el entarimado jurídico de la nación, habían
sido ignorados durante más de 150 años, durante este periodo la noble profesión
de la abogacía ha sido vilipendiada y vituperada por moros y cristianos, al punto de asociarla
con prácticas amorales, alejadas de la moral y la ética.
Ya era tiempo que
los abogados, al igual que los periodistas, médicos, ingenieros, arquitectos,
contadores, etc., tuvieran una fecha de referencia nacional no solo para
celebrar y rendir honor a una de las profesiones más antiguas de la humanidad
como es la abogacía, la que tiene su inicio histórico con los jurisconsultos de
la antigua Roma, hace más de 500 años antes de Cristo, sino también para
reflexionar acerca de los principios, valores y postulados que encarna la profesión,
el rol que juega en la sociedad, en la
atención y resolución de los conflictos privados y públicos, en la estructuración
del cuerpo jurídico, en la aplicación e interpretación de las leyes
administrativas, civiles, penales, constitucionales, en función de buscar y encontrar el punto de
equilibrio que asegure la paz y la convivencia pacífica en sociedad.
Cuando se habla de
celebrar el día del abogado, algunos asociaran la palabra, con el abogado
litigante, el profesional que tiene una oficina de leyes, que visita todos los
complejos judiciales, que está en contacto con Jueces, fiscales, magistrados
del Poder Judicial, que porta papeles en un maletín, que presenta escritos, que
se ve en las delegaciones policiales, que participa en los trámites de
mediación, en audiencias orales y públicas, que defiende los intereses de su
cliente con pasión y valor, que combate con garbo la retardación de justicia,
que batalla con los fiscales del ministerio público, es decir, aquella persona
que se gana sus honorarios, defendiendo intereses ajenos de orden patrimonial
y la inocencia o culpabilidad de un imputado
penalmente.
Mas celebrar la
efemérides, no es solo para el litigante llano,
sino que asimismo para los abogados que ejercen cargos públicos sea en
el poder judicial, sea en el Ministerio Público, sea en el Estado. Muchos
magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Corte de Apelaciones, Jueces de Distrito y Locales,
fiscales, etc., por la droga del poder, olvidan que antes de ostentar el cargo
público, llegaron a él por ser abogados, de lo contrario no estarían donde
están, algunos han perdido la perspectiva y se olvidan de la cortesía, las
deferencias hacia sus colegas, cuando están de cara a la petición de un servicio, lo que brilla en ellos como
servidores públicos es la arrogancia y la petulancia.
Existen segmentos
de la sociedad que se expresan muy mal de los abogados, a veces con justa
razón, quizá por haber sido timado o estafado por un mal profesional. Mas en
toda carrera profesional hay de todo, hay excelentes, buenos, mediocres y muy malos,
entonces la abogacía no es la excepción, en el gremio tenemos gente que hace
desmerito, con actitudes antitéticas las cuales causan un ingente daño a la profesión
de la abogacía, aunque existen normas reguladoras que sancionan a esta clase de profesionales, la verdad es que el control
ha venido perdiendo eficacia y se precisa de mejores mecanismos regulatorios
para sancionar las faltas de aquellos que violan la ética profesional.
Por mucho que se
denigre la abogacía, el ejercicio de la profesión es necesario, pues si no
hubiera abogados en la sociedad, pregunto: ¿Cómo sería la aplicación de la
justicia penal si no hay abogados defensores?
¿En los conflictos de orden patrimonial como haría el Juez, para dirimir
el tuyo y el mío, si las partes no tienen abogado que los asesore? ¿Si no
hubiera conocedores de la ley y del
ordenamiento jurídico, quién haría las leyes ordinarias y constitucionales que
permitan la convivencia y la paz en la sociedad?
El autor es abogado
y notario