lunes, 12 de agosto de 2013

La defensa de lo indefendible





Joel Narváez Campbell 

El defensor público es visto como un enemigo de la policía, del ministerio público y de la sociedad
Muchas veces se dice que quien defiende a quien ha sido inculpado, está pretendiendo la defensa de lo indefendible, la defensa del crimen, de la criminalidad, de la conducta ilícita. Quienes dicen o piensan eso, olvida que lo que se está haciendo es defender la gran causa de la justicia, el principio constitucional de que todos somos inocentes hasta que se nos pruebe lo contrario, y lo contrario solo se prueba ante un juez competente en un juicio contradictorio y adversarial.

Bajo esa premisa nace la Defensoría Pública, un órgano del Poder Judicial con autonomía funcional, técnica y profesional creada para garantizar el acceso a la justicia y primordialmente el derecho de todo acusado a recibir una buena defensa técnica, cuando no posea capacidad económica de pagar los servicios de un abogado particular.

La institución está integrada por abogados y abogadas defensores y defensoras, mestizos, indígenas y afro descendientes que día a día atienden gratuitamente a las personas que son acusadas de cometer un delito, ya sea adulta, adolescente, hombre o mujer, negro, blanco o mestizo, desde el momento que son detenidas o denunciadas.

A diario este ejército de hombres y mujeres se enfrenta a las barreras que dificultan hacer valer los derechos, y, en concreto, disponer de una defensa eficiente. Estas barreras son variadas y múltiples y no se agotan en las deficiencias internas de los aparatos judiciales, sino que se expanden con mucha fuerza hacia el mundo de las representaciones sociales, de las creencias, de las opiniones de los ciudadanos y de la conciencia del mismo defensor.

El defensor público es visto como un enemigo de la policía, del ministerio público y de la sociedad. Las personas de escasos recursos en lugares como por ejemplo la costa Caribe, donde no hay presencia de fiscales y sí de defensores, asumen que los órganos estatales están destinados a castigarlos, más que a protegerlos, y en el caso de la justicia penal esto se expresa en la preocupación de los judiciales por llevar a cabo el procedimiento establecido, más que en lograr justicia en el caso concreto.

El defensor público no debe ser visto como un mero instrumento, un requisito para validar el proceso y las actuaciones judiciales; debe ser visto como un funcionario polivalente, que responde a desafíos crecientes y complejos como por ejemplo la atención a los casos de violencia hacia la mujer con la ley 779, los casos de droga, trata de personas, etc.

El defensor público va venciendo los obstáculos con la ayuda de la inteligencia, la voluntad y muchas veces en contra del fuerte llamado de su conciencia: “siempre es más fácil estar del lado de los buenos”. Sin embargo, el trabajo del defensor persigue el fin supremo de fortalecer la seguridad jurídica y lo convierte en un garante de la legalidad en todo procedimiento penal.

La defensa de lo indefendible pasa necesariamente por el respeto al orden jurídico, el respeto a las costumbres y tradiciones en el caso de la costa Caribe, y la profunda convicción de que todos somos inocentes hasta que se nos pruebe lo contrario.

Demandemos con hechos, lo que es nuestro por Derecho.



* Movimiento Jóvenes Estableciendo Nuevos Horizontes

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