Joel Narváez Campbell
El defensor público es visto como un enemigo de la policía,
del ministerio público y de la sociedad
Muchas veces se dice que quien defiende a quien ha sido
inculpado, está pretendiendo la defensa de lo indefendible, la defensa del
crimen, de la criminalidad, de la conducta ilícita. Quienes dicen o piensan
eso, olvida que lo que se está haciendo es defender la gran causa de la
justicia, el principio constitucional de que todos somos inocentes hasta que se
nos pruebe lo contrario, y lo contrario solo se prueba ante un juez competente
en un juicio contradictorio y adversarial.
Bajo esa premisa nace la Defensoría Pública, un órgano del
Poder Judicial con autonomía funcional, técnica y profesional creada para
garantizar el acceso a la justicia y primordialmente el derecho de todo acusado
a recibir una buena defensa técnica, cuando no posea capacidad económica de
pagar los servicios de un abogado particular.
La institución está integrada por abogados y abogadas
defensores y defensoras, mestizos, indígenas y afro descendientes que día a día
atienden gratuitamente a las personas que son acusadas de cometer un delito, ya
sea adulta, adolescente, hombre o mujer, negro, blanco o mestizo, desde el
momento que son detenidas o denunciadas.
A diario este ejército de hombres y mujeres se enfrenta a
las barreras que dificultan hacer valer los derechos, y, en concreto, disponer
de una defensa eficiente. Estas barreras son variadas y múltiples y no se
agotan en las deficiencias internas de los aparatos judiciales, sino que se
expanden con mucha fuerza hacia el mundo de las representaciones sociales, de
las creencias, de las opiniones de los ciudadanos y de la conciencia del mismo
defensor.
El defensor público es visto como un enemigo de la policía,
del ministerio público y de la sociedad. Las personas de escasos recursos en
lugares como por ejemplo la costa Caribe, donde no hay presencia de fiscales y
sí de defensores, asumen que los órganos estatales están destinados a
castigarlos, más que a protegerlos, y en el caso de la justicia penal esto se
expresa en la preocupación de los judiciales por llevar a cabo el procedimiento
establecido, más que en lograr justicia en el caso concreto.
El defensor público no debe ser visto como un mero
instrumento, un requisito para validar el proceso y las actuaciones judiciales;
debe ser visto como un funcionario polivalente, que responde a desafíos
crecientes y complejos como por ejemplo la atención a los casos de violencia
hacia la mujer con la ley 779, los casos de droga, trata de personas, etc.
El defensor público va venciendo los obstáculos con la ayuda
de la inteligencia, la voluntad y muchas veces en contra del fuerte llamado de
su conciencia: “siempre es más fácil estar del lado de los buenos”. Sin embargo,
el trabajo del defensor persigue el fin supremo de fortalecer la seguridad
jurídica y lo convierte en un garante de la legalidad en todo procedimiento
penal.
La defensa de lo indefendible pasa necesariamente por el
respeto al orden jurídico, el respeto a las costumbres y tradiciones en el caso
de la costa Caribe, y la profunda convicción de que todos somos inocentes hasta
que se nos pruebe lo contrario.
Demandemos con hechos, lo que es nuestro por Derecho.
* Movimiento Jóvenes Estableciendo Nuevos Horizontes
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