En caso de propiedad
Elízabeth Romero 16/01/2016
La abogada Glenda Orozco denunció en el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh) que el Juez Tercero Local de lo Penal ordenó captura en su contra y el arresto de su madre y una hermana suya, con tan solo un día que ella no se presentó a una audiencia en un proceso de supuesta usurpación del dominio privado en contra de sus parientes.
Orozco alegó que ella había justificado su ausencia ante ese tribunal, porque en esa misma fecha, el 11 de enero, tenía programada una audiencia en un caso que actúa como defensora.
“No he cometido delitos para que ellos tengan como represalia una actitud ilícita violatoria a nuestros derechos”, dijo Orozco en el Cenidh.
El abogado del Cenidh, Carlos Guadamuz, afirmó que en este caso observan una actuación expedita primero por parte del Poder Judicial y luego en la ejecución por parte de la Policía.
“Nos llama la atención como Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, que el juez haya dictado una orden de detención en un caso de propiedad, cuando en materia penal las acusaciones en el ámbito de propiedad como hay distintas sentencias y distintas circulares administrativas por parte del Ministerio Público, inicialmente se deben de agotar los procesos y las causas civiles”, expresó Guadamuz.
Manifestó el abogado del Cenidh que en este tipo de casos, la represión penal queda para última instancia. Además señala Guadamuz, que hay otros casos donde las víctimas llevan hasta dos años en espera de audiencias, aún cuando se trata de delitos contra la vida.
Mencionó Guadamuz que en materia de propiedad ha conocido un caso por ejemplo, en el que un adulto mayor ha esperado tres años para que la Policía actúe en una ejecución de sentencia donde el juez falló a su favor. Es por ello , que en el caso denunciado por Orozco, “es notorio que hay una rapidez”, dijo Guadamuz.
El abogado del Cenidh demandó la aplicación de la ley penal con igualdad y el respeto del debido proceso, pues recordó que el delito de usurpación del dominio privado no se encuentra dentro de las causales de ejecución penal con una prisión preventiva.
A su vez, indicó Guadamuz, en este caso la señora Aguilar es valetudinaria y padece enfermedades crónicas. Y en el caso de la abogada Orozco existe una constancia que confirma que la abogada asistió a una audiencia.